Gutierrez, Silvia contra COTO S.I.C.S.A. s/ Daños y Perjuicios

Mujer que resultó herida cuando una lata cayó de un estante en su cara.
Art. 42 Constitución Nacional. Arts. 5 y 40 de la ley 24.240 (Defensa al consumidor). Relación  de Consumo. Deber de Seguridad. Carga probatoria dinámica. Deber de denunciante de probar que la conducta del denunciado no fue negligente (acopio de mercadería). No se invierte la carga de la prueba. Art. 1113 código civil. Para liberarse de responsabilidad o atenuarla debe demostrar las eximientes previstas en el segundo apartado in fine del art. 1113.
Condición culposa art. 512 código civil, «no prever lo que era previsible, o en no adoptar las previsiones necesarias para evitar un daño».
FALTA DE PERITAJE EN SEGURIDAD.

Fuente: Diario Judicial.

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