En fallo civil en Neuquén se determina que «el aliento etílico no es igual a ebriedad, sino solamente signo de que se ha ingerido alguna bebida alcohólica» en el momento de un accidente, por lo que se lo eximió de responsabilidad a un motociclista con determinado aliento.
Fallo: M. T. W. c/ T N. C. H. s/ D.Y P. x uso Autom. c/ Lesión o Muerte
Fuente Diario Judicial.